Despidos y Finiquitos
Acompañamiento experto en Despidos y Finiquitos
Un finiquito mal revisado o una causal mal aplicada pueden significar la pérdida de sumas importantes. Le acompañamos para resguardar lo que legalmente le corresponde.
En Naranjo & Asociados abordamos cada caso de despidos y finiquitos con estrategia, rigor técnico y un trato cercano, informándole el avance en cada etapa.
Cómo podemos ayudarlo
Revisión de finiquito
Analizamos el finiquito antes de que lo firme: montos, conceptos y reservas de derechos.
Despido injustificado
Demanda cuando la causal invocada no se ajusta a la realidad o a la ley.
Nulidad del despido
Acción por cotizaciones previsionales impagas al momento del término (Ley Bustos).
Indemnizaciones
Cálculo y cobro de indemnizaciones por años de servicio, aviso previo y recargos.
Un proceso claro, de principio a fin
Revisión de documentos
Examinamos su carta de despido, contrato, liquidaciones y finiquito.
Cálculo y estrategia
Determinamos lo que le corresponde y la mejor vía para reclamarlo.
Reclamo o demanda
Lo representamos ante la Inspección del Trabajo o el Juzgado de Letras del Trabajo.
Resolvemos sus dudas
¿Debo firmar el finiquito de inmediato?
No. Tiene derecho a revisarlo con calma y a firmarlo "con reserva de derechos" si no está de acuerdo con algún monto o concepto. Una firma apresurada puede afectar acciones posteriores.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
60 días hábiles desde el despido para demandar judicialmente (Art. 168 del Código del Trabajo). El plazo se suspende si presenta un reclamo ante la Inspección del Trabajo, con tope de 90 días.
¿Qué debe incluir el finiquito?
Las indemnizaciones que correspondan según la causal, el feriado proporcional o pendiente, remuneraciones adeudadas y otros conceptos. Debe otorgarse y pagarse dentro de los plazos legales.
Me despidieron por "necesidades de la empresa", ¿qué me corresponde?
Indemnización por años de servicio (30 días por año, tope 11 años y 90 UF) más el mes de aviso previo si no hubo aviso con 30 días de anticipación (Art. 161 y 162).
¿Y si el empleador no pagó mis cotizaciones?
El despido puede ser declarado nulo (Art. 162): el empleador debe seguir pagando sus remuneraciones hasta que regularice las cotizaciones adeudadas.
Normativa aplicable en Chile
Principales cuerpos legales que rigen esta área. Información de carácter general; no constituye asesoría legal para un caso particular.
Causales de término del contrato de trabajo.
Formalidades del despido y nulidad por cotizaciones impagas (Ley Bustos).
Plazos, reclamo e indemnizaciones por despido injustificado, indebido o improcedente.
Formalidades y ratificación del finiquito.
La legislación puede modificarse y cada situación tiene particularidades. Para una evaluación de su caso, contáctenos.
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