Cuando es el empleador quien incumple gravemente sus obligaciones, el trabajador no está obligado a seguir soportando la situación. La ley contempla el despido indirecto o autodespido.
¿Qué es el autodespido?
Es la facultad del trabajador de poner término al contrato cuando el empleador incurre en alguna de las causales del Art. 160, y de demandar las indemnizaciones como si lo hubieran despedido injustificadamente (Art. 171 del Código del Trabajo).
Situaciones que suelen motivarlo
- No pago o atraso reiterado de remuneraciones.
- Incumplimiento del pago de cotizaciones.
- Conductas de acoso o malos tratos.
El autodespido es una herramienta poderosa, pero debe fundarse bien: asesorarse antes es clave.
Evaluamos si su caso reúne los requisitos y lo acompañamos en el proceso.
Nota: Este artículo es información general y no constituye asesoría legal para un caso particular. Para orientación sobre su situación, contáctenos.
